Reducción definitiva de la jornada laboral – Ajustes corporativos y compromiso con el bienestar.
La Ley 2101 de 2021 modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, estableciendo la reducción progresiva de la jornada laboral semanal de 48 a 42 horas, sin afectar el salario ni los derechos adquiridos de los trabajadores.
A partir de hoy, 15 de julio de 2026, culmina la implementación gradual prevista en la ley, quedando fijada la jornada máxima en 42 horas semanales.
Aspectos clave para las organizaciones
- Distribución de la jornada: El empleador conserva la facultad de organizar las horas de trabajo, siempre que no se exceda el límite legal.
- Remuneración: La reducción no implica disminución salarial ni modificación de beneficios extralegales pactados.
- Horas extras: Se mantienen las reglas sobre trabajo suplementario, recargos nocturnos y dominicales.
- Impacto en reglamentos internos: Es necesario ajustar manuales de funciones, reglamentos de trabajo y sistemas de control de horarios.
Recomendaciones corporativas
- Revisión contractual: Verificar que los contratos individuales y colectivos reflejen la nueva jornada.
- Gestión operativa: Rediseñar turnos y cronogramas para garantizar continuidad en la producción y servicios.
- Comunicación interna: Informar a los trabajadores sobre el alcance de la medida y sus derechos.
- Productividad: Implementar estrategias de eficiencia para compensar la reducción de horas.
- Cumplimiento normativo: Evitar sanciones administrativas mediante la adecuada implementación de la jornada.
Conclusión
La entrada en vigor de la jornada laboral de 42 horas constituye un cambio estructural en la regulación del trabajo en Colombia. Las empresas deben asumir este ajuste como una oportunidad para fortalecer la gestión del talento humano, mejorar el bienestar de los trabajadores y optimizar la productividad.

