La DIAN ajusta calendario de vencimientos tributarios de julio por nuevo festivo nacional

La Ley 2578 de 2026 introduce un nuevo festivo y modifica los plazos de cumplimiento tributario.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), mediante comunicado del 2 de julio de 2026, informó que debido a la expedición de la Ley 2578 de 2026, la cual declaró un nuevo día festivo en el calendario oficial del país, se realizaron ajustes en las fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias correspondientes al mes de julio.

De acuerdo con el nuevo calendario, los contribuyentes deberán cumplir con sus obligaciones entre el 9 y el 24 de julio, según el último dígito del NIT. Estas obligaciones incluyen:

  • Impuesto nacional al consumo.
  • Segunda cuota del impuesto sobre la renta de personas jurídicas.
  • Presentación y pago del anticipo del Régimen Simple de Tributación.
  • IVA bimestral.
  • Retención en la fuente.

El calendario quedó establecido de la siguiente manera:

Adicionalmente, los responsables de los impuestos a las bebidas azucaradas y alimentos ultra procesados, gasolina y ACPM, carbono, IVA para prestadores de servicios desde el exterior y personas no residentes con presencia económica significativa (PES) deberán cumplir con sus obligaciones a más tardar el 15 de julio, independientemente del último dígito del NIT.

La DIAN aclaró que los demás plazos establecidos en el calendario tributario vigente se mantienen sin modificaciones e invitó a los contribuyentes a verificar puntualmente las fechas ajustadas.

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