Obligados, contenido y plazos para el reporte de información exógena – Año gravable 2025.
La Dirección de Impuestos de Bogotá estableció los sujetos obligados, el contenido y las especificaciones técnicas para el reporte de información exógena correspondiente al año gravable 2025. La medida busca fortalecer el control tributario distrital y garantizar la calidad de la información suministrada por contribuyentes y entidades.
Obligados principales
- Personas naturales y jurídicas con ingresos brutos ≥ 3.500 UVT.
- Consorcios, uniones temporales y sociedades de hecho.
- Entidades públicas del orden nacional y territorial.
- Agentes de retención de ICA y emisores de tarjetas débito y crédito.
Contenido a reportar
- Ingresos no sujetos, deducciones y exenciones.
- Compras de bienes y servicios realizadas en Bogotá.
- Ventas de bienes en Bogotá según actividades CIIU específicas.
- Retenciones practicadas y sufridas en ICA.
- Operaciones con tarjetas débito y crédito.
- Cuentas corrientes, ahorros e inversiones (según lo indicado en la resolución).
Plazos de presentación
La información debe presentarse de acuerdo con el último dígito del NIT del obligado:

Implicaciones
- Cumplimiento estricto: El suministro extemporáneo o defectuoso genera sanciones conforme al Acuerdo 27 de 2001 y al artículo 651 del Estatuto Tributario.
- Responsabilidad solidaria: En consorcios, uniones temporales y fideicomisos, la obligación recae en el operador, mandatario o fiduciaria según corresponda.
- Recomendación práctica: Verificar con anticipación los formatos y anexos técnicos publicados por la Secretaría de Hacienda para evitar errores en la transmisión.
Consulte aquí Resolución DDI‑024115 del 27 de julio de 2026

