Gobierno establece plazos especiales para contribuyentes afectados por el sismo

Plazos transitorios para contribuyentes en zonas afectadas

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto No. 1226 del 18 de agosto de 2026, mediante el cual se fijan plazos especiales para la presentación y pago de obligaciones tributarias de las personas naturales domiciliadas en los municipios impactados por el sismo del 10 de agosto de 2026, declarado como desastre nacional.

La medida busca garantizar la igualdad y el cumplimiento oportuno de las obligaciones fiscales en las zonas más afectadas, evitando sanciones e intereses moratorios para quienes no pudieron cumplir en las fechas inicialmente previstas.

Aspectos principales del Decreto:

  • Declaración de renta y complementarios – año gravable 2025: nuevos vencimientos entre el 18 de octubre y el 9 de noviembre de 2026, según los dos últimos dígitos del NIT.
  • Declaración de activos en el exterior: se acoge a los mismos plazos especiales de la renta.
  • Retención y autorretención en la fuente – julio de 2026: podrá presentarse y pagarse en los plazos correspondientes al mes de agosto de 2026.
  • Acreditación del domicilio fiscal: se tendrá en cuenta el informado en el RUT a 10 de agosto de 2026.
  • Exclusión: las medidas no aplican para los Grandes Contribuyentes.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *