Despachos judiciales itinerantes: respuesta institucional a la emergencia sísmica
El Consejo Superior de la Judicatura expidió el Acuerdo PCSJA26‑12567 del 12 de agosto de 2026, mediante el cual se prorrogan medidas excepcionales y se transforman transitoriamente varios despachos judiciales en despachos de apoyo itinerante, con el fin de garantizar la continuidad del servicio de justicia en los municipios afectados por el sismo ocurrido el 10 de agosto de 2026.
El movimiento telúrico, de magnitud 7,4 Mw con epicentro en San José del Palmar (Chocó), generó graves afectaciones en infraestructura, conectividad y servicios públicos en doce departamentos y más de 300 municipios. La magnitud del evento llevó al Gobierno Nacional a declarar la situación de desastre de carácter nacional mediante el Decreto 1171 de 2026, habilitando medidas excepcionales para asegurar la prestación de servicios esenciales, incluida la administración de justicia.
El Acuerdo PCSJA26‑12567 contempla las siguientes disposiciones principales:
- Prórroga de suspensión de términos judiciales y administrativos hasta el 11 de septiembre de 2026 en los departamentos más afectados, con excepción de las acciones urgentes (tutelas, hábeas corpus y audiencias de control de garantías).
- Suspensión transitoria del reparto ordinario de tutelas, hábeas corpus y solicitudes de audiencias de control de garantías en los despachos permanentes de los distritos judiciales de Armenia, Buga, Cali, Ibagué, Manizales, Pereira, Popayán y Quibdó.
- Transformación transitoria de despachos judiciales en despachos itinerantes, ubicados en territorios no afectados, para asumir competencia sobre los municipios impactados. Estos despachos itinerantes atenderán acciones constitucionales y diligencias urgentes, garantizando la protección de derechos fundamentales.
- Competencia territorial transitoria: los despachos itinerantes ejercerán jurisdicción específica sobre los municipios asignados, asegurando el reparto inmediato, aleatorio y equitativo de tutelas y hábeas corpus mediante herramientas tecnológicas de la Rama Judicial.
- Protección de derechos fundamentales: se prioriza la atención de acciones de tutela, hábeas corpus y audiencias de control de garantías con personas privadas de la libertad, en cumplimiento de los términos constitucionales de 36 horas para resolver estas solicitudes.
Con estas medidas, el Consejo Superior de la Judicatura busca:
- Garantizar el acceso efectivo a la justicia en condiciones de emergencia.
- Salvaguardar los derechos fundamentales de las personas afectadas, especialmente la libertad personal y el debido proceso.
- Proteger la integridad y seguridad de servidores judiciales y usuarios, armonizando la continuidad del servicio con condiciones de trabajo seguras.
- Asegurar la trazabilidad y redistribución de expedientes pendientes en los distritos judiciales afectados.
El Acuerdo PCSJA26‑12567 constituye una respuesta institucional extraordinaria que asegura la prestación continua y efectiva del servicio de justicia en Colombia, incluso bajo circunstancias excepcionales como las derivadas del sismo del 10 de agosto de 2026. La medida reafirma el compromiso de la Rama Judicial con la protección de los derechos fundamentales y la garantía de acceso a la justicia en todo el territorio nacional.
Consulte aquí Acuerdo PCSJA26‑12567 del 12 de agosto de 2026

