Medidas tributarias extraordinarias para la reconstrucción nacional
El Gobierno Nacional, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado tras el sismo del 10 de agosto de 2026, expidió el Decreto Legislativo 1419 del 17 de septiembre de 2026, que establece un conjunto de medidas fiscales, aduaneras y cambiarias orientadas a:
- Acelerar el recaudo extraordinario de recursos.
- Financiar la atención inmediata de la emergencia.
- Impulsar la reconstrucción de los territorios afectados.
Medidas de aplicación nacional
- Reducción de sanciones: Descuento del 85% en sanciones para contribuyentes en mora que se pongan al día antes del 19 de noviembre de 2026.
- Intereses de mora: Aplicación de una tasa especial del 4,5% anual.
- Conciliaciones pendientes: Posibilidad de aplicar la reducción a procesos vigentes al 10 de agosto de 2026.
- Donaciones:
- Los contribuyentes podrán donar saldos a favor para financiar la atención del desastre.
- Donaciones hasta 2.600 UVT ($136.172.400) se consideran ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional.
- Facilidades de pago:
- Hasta 24 meses sin garantía para obligaciones vencidas.
- Hasta 36 meses con garantía personal para deudas menores a 6.000 UVT ($314.244.000).
Medidas específicas para zonas de emergencia
- Empresas y contribuyentes domiciliados en las zonas afectadas (Decreto 1261 de 2026, modificado por Decreto 1348 de 2026) podrán:
- Solicitar facilidades de pago hasta por dos años sin garantía.
- Reprogramar cuotas de acuerdos vigentes por una sola vez, hasta por 12 meses, sin incurrir en incumplimiento.
Exclusiones
Las medidas procedimentales del Decreto Legislativo no aplican a los Grandes Contribuyentes.
Plazos y canales de atención
- Las solicitudes podrán presentarse hasta el 19 de noviembre de 2026.
- Los contribuyentes deben acudir a los puntos de atención de la DIAN o consultar el portal oficial www.dian.gov.co para radicar solicitudes y obtener información detallada.
La DIAN invita a todos los contribuyentes a revisar las disposiciones del Decreto Legislativo 1419 de 2026 y desplegar las acciones necesarias para acceder a los beneficios tributarios, en apoyo a la reconstrucción nacional.
Consulte aquí Comunicado de Prensa No. 122 de la DIAN (19 de septiembre de 2026)

